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Se aprueba ley que prohíbe cobro de comisiones por pagos con tarjetas de débito o crédito

  • Condusef ha detectado que algunos establecimientos comerciales realizan el cobro de una “comisión” o “recargo” que puede ir del 3 al 5 por ciento sobre el valor total de la compra

POR LIZETH VILLEGAS

Ciudad de México.- Por unanimidad, los diputados aprobaron modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para establecer sanciones para los establecimientos que cobren comisiones a quienes realicen pagos con tarjeta de crédito o débito.

Parte de la modificación incluye sancionar con multas de 701.15 pesos a 2 millones 243,671.49 pesos a la empresa o establecimiento que cobre alguna comisión, montos, cargos adicionales o equivalentes a los consumidores cuando incumplan con esta disposición.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), ha detectado que algunos establecimientos comerciales realizan el cobro de una “comisión” o “recargo” que puede ir del 3 al 5 por ciento sobre el valor total de la compra o servicio, cuando el pago es realizado mediante una tarjeta de crédito o de débito.

“Al consumidor le cobran la renta que el establecimiento debe pagar al banco por el uso de las TPV, muchas personas han sido advertidas directamente en el comercio que si realizas el pago con tarjeta bancaria le cobrarán una comisión que puede ir de 3 al 6 por ciento extra. Desafortunadamente esas prácticas van en aumento en perjuicio de los consumidores” informó el organismo

Lo anterior, incumple con lo que los comercios pactan con las instituciones bancarias, ya que en los contratos para el uso de terminales punto de venta se señala claramente que el pago de este servicio no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios que promueven los comercios con su clientela.

Precisa que los beneficios que los establecimientos tienen por el uso de terminales punto de venta son mayores que los costos que deberían asumir. Trasladar dichos costos a las personas consumidoras es una práctica que no debería darse, indica el dictamen que fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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